21 mayo, 2018 Reclama

¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía municipal?

Plusvalía Municipal

El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como impuesto de plusvalía municipal, se aplica cuando se vende o dona un bien inmueble. Actualmente, estos tributos aportan 2.000 millones a los ayuntamientos.

¿Quién paga la plusvalía?

En el caso en el que se traspasa un inmueble, es la parte vendedora quien debe abonar el impuesto sobre plusvalía. Mientras que cuando es una donación, será el beneficiario de la misma quien tenga que pagar este impuesto.

¿Qué posición han adoptado los juzgados de España?

En la actualidad, son numerosas sentencias dan la razón a los vendedores o beneficiarios de bienes inmuebles, debido a que las ordenanzas fiscales sobre este impuesto no contemplan si existe o no beneficio a la hora de la venta o recibir una donación, sino que todo el que se encuentre en la situación de venta o recepción de donación tiene que pagar este impuesto a las arcas municipales.

El Tribunal Constitucional falló exponiendo que una serie de artículos y leyes sobre la Hacienda Local son inconstitucionales y nulos, pero únicamente en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor. Esta sentencia obligará a cambiar la normativa y generará una gran cantidad de solicitudes de devolución. Por ello, se insta a los afectados que hayan tributado una cantidad indebida a que ponga su caso en manos de un abogado experto para recuperar la cuantía abonada.

¿Cómo se calcula la plusvalía?

La base imponible se calcula en función del valor catastral del bien inmueble y del tiempo transcurrido en poder del vendedor o del donante o fallecido, en el caso de donaciones y herencias.

Un ejemplo de cálculo de plusvalía:

Una persona compra un piso en 2008 y lo vende en el presente año 2018, el valor catastral del mismo es de 180.000 euros. La tasa de revalorización del inmueble determinado por el ayuntamiento, será el resultado de multiplicar 3,5 por los 10 años en los que esta persona ha sido propietaria del bien inmueble. La cifra resultante es el 35 % que aplicado al valor catastral (180.000 €), da como resultado 63.000 euros al que habría que aplicarle como máximo el 30 % que corresponde al tipo impositivo, resultando 18.900 euros de plusvalía.

Como se puede contemplar en este ejemplo, la fórmula no tiene en cuenta si el propietario bien inmueble gana o no dinero con la venta.

Si tienes cualquier duda sobre coon el cáculo de la plusvalía municipal o necesitas reclamar el tributo de una cantidad indebida  contacta con nuestros profesionales de #Reclama llamando gratis al 900 80 2015. Recuerda que #solocobramossituganas.

Comment (1)

  1. Igor

    Hola,
    En 2009 compré un piso en Galdakao (Bizkaia) por 190500€, valor mínimo atribuible de 163000€.
    En 2018 lo vendo por 128000€, valor mínimo atribuible de 123000€.

    Ahora, dos años después de la venta, el Ayuntamiento me reclama 600€ de impuestos.

    Esto es normal??

    Gracias.

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