En este post vamos a explicar cómo se calcula y de qué partidas se compone una indemnización por muerte en accidente de tráfico. Hablamos de un tema, por desgracia, bastante común que pocos conocen demasiado y que puede suscitar una gran cantidad de dudas.
¿Quién puede recibir una indemnización por muerte en accidente de tráfico?
La indemnización por muerte en accidente de tráfico está regulada en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Esta legislación reconoce tras su reforma por primera vez como beneficiarios de las indemnizaciones por accidente, en caso de fallecimiento, a los allegados de la víctima. En este sentido observamos que el baremo se ha modernizado e incorpora a la definición de familia elementos que hace veinte años no existían o no gozaban de los derechos que sustenta hoy. De este modo, las beneficiarios que tienen derecho a una indemnización por muerte en accidente de tráfico son:
- El cónyuge viudo: se considera a la persona que mantuviera una relación amorosa con la persona fallecida y que estuviera registrada de forma legal. El viudo percibirá un importe fijo por una convivencia de hasta 15 años, con importes adicionales cada año más que sobrepase a los 15. Para el cálculo de este plazo se tendrá en cuenta la fecha de matrimonio o de declaración de pareja de hecho.
- Los ascendientes: es decir, los padres de la persona fallecida en el accidente de tráfico. Cuando la víctima tuviera más de 30 años, la cuantía a cobrar aumenta. Si los padres han fallecido, esta indemnización recaería sobre los abuelos de la víctima. En este caso no se aplicaría un aumento en la indemnización por motivo de la edad del afectado.
- Los descendientes: son los hijos de la víctima. La cuantía a percibir por los descendientes varía en función de la edad del beneficiario. En este sentido, se entenderá que cuanto menor sea la edad del descendiente mayor será su dependencia emocional y económica por los que la indemnización será mayor. Los tramos de edad que están incluidos en el baremo son de 0 a 14 años, de 14 a 20 años, de 20 a 30 años y de 30 años en adelante. En caso de tener nietos éstos percibirán una indemnización siempre que su progenitor haya fallecido. La cuantía para los nietos no dependerá de su edad.
- Los hermanos: percibirán una indemnización por muerte en accidente de tráfico de su hermano/a que variará de si tienen más de 30 años o menos.
- Los allegados: esta figura está recogida en el artículo 67 del baremo donde se indica que “son allegados aquellas personas que, sin tener la condición de perjudicados según las reglas anteriores, hubieran convivido familiarmente con la víctima durante un mínimo de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento y fueran especialmente cercanas a ella en parentesco o afectividad.” Cada allegado percibirá una cantidad fija independientemente de su edad.
Cómo se calcula una indemnización por muerte en accidente de tráfico
Al igual que a la hora de reclamar una indemnización por accidente de tráfico, en caso de muerte se tendrán en cuenta tres conceptos:
- Perjuicio personal básico
- Perjuicio personal particular
- Perjuicio patrimonial
- Daño emergente
- Lucro cesante
Perjuicio personal básico (Tabla 1.A.)
El perjuicio personal básico es el daño que sufre cada beneficiario de la indemnización. De esta forma, la base de la indemnización dependerá de los parámetros incluidos en el baremo por accidentes de tráfico 2019 que variarán en función de la edad y de la relación con la víctima. A esta cantidad se le sumarán los daños por perjuicio personal particular y patrimonial cuando se deban aplicar.
Perjuicios personal particular (Tabla 1.B.)
Los perjuicios personales particulares dependerán de la relación de la víctima con el beneficiario. Es decir, se tendrá en cuenta si un hijo sufre discapacidad o si la persona fallecida era el progenitor único. En estos casos, además del perjuicio personal básico, se añadirá otro particular que viene dado por cada condición. El baremo de indemnización por muerte en accidente de tráfico contempla las siguientes situaciones:
- Discapacidad física, psíquica o sensorial del beneficiario: para computar este perjuicio, la discapacidad del beneficiario debe ser superior al 33% y haber sido diagnosticada antes del fallecimiento de la víctima. Esta variable se puede aplicar también a la categoría de los allegados y su cuantía está estipulada en la tabla 1.a.
- Por convivencia con el difunto: este apartado lo podrán reclamar los hermanos e hijos mayores del difunto mayores de 30 años y los abuelos y nietos. En el resto de casos no es aplicable ya que se sobreentiende que los hijos y hermanos menores de la víctima así como son cónyuge conviven en el mismo domicilio que la persona fallecida.
- Condición de perjudicado único en su categoría: a esta cuantía habría que añadirle un 25% de la cantidad que le correspondiese cobrar según la tabla 1.a. el baremo. Los beneficiarios de esta condición serían los hijos únicos, hermanos únicos, abuelos o padres viudos.
- Condición de único perjudicado: si solo hay una única persona beneficiaria, ésta tendría derecho a cobrar un 25% más del importe que se le adjudicaría según la tabla 1.a. del baremo. Así percibiría la indemnización por daño personal básico, un 25% más por esta condición y un 25% más por ser único en su categoría.
- Perjuicio personal por fallecimiento de progenitor único: los hijos de la víctima, siempre que fuera el único progenitor, tendrían derecho a sumar a la cuantía correspondiente por perjuicio personal básico un 50% más si tienen menos de 20 años y un 25% más si son mayores de esta edad.
- Fallecimiento de ambos progenitores en un mismo accidente de tráfico: los hijos menores de 20 años percibirán un aumento en su indemnización del 75% y los mayores de esta edad del 35%.
- Fallecimiento de hijo único: en este caso cada progenitor tendrá derecho a un aumento del 25% sobre la cuantía que le correspondiese según el baremo.
- Fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto: el cónyuge de la víctima recibirá un aumento del 25% sobre su indemnización. Este porcentaje será mayor cuanto más avanzado estuviese la gestación: si la pérdida tuvo lugar en las doce primeras semanas de gestación la indemnización será de 15.000 euros, y si tuvo lugar a partir de la doce semana de gestación será de 30.000 euros. El baremo no contempla la posibilidad de que el hijo de la mujer fallecida no fuese hijo de su cónyuge.
- Perjuicio excepcional: aquí quedan recogidas todas las personas que no estén contempladas en la tabla de indemnizaciones.
Perjuicio patrimonial
El nuevo baremo de tráfico incorpora en el perjuicio patrimonial dos conceptos: daño emergente y lucro cesante. Ambos pueden ser reclamados en la indemnización pero se debe tener en cuanto que han de pertenecer a alguno de los grupos cubiertos en el baremos:
- Lucro cesante: hace referencia a todo el dinero que haya podido ganarse y no se haya ganado por causa del accidente. Por ejemplo, si el hermano de la víctima es taxista autónomo y debe parar su actividad laboral para acudir al entierro de su familiar fallecida por accidente de tráfico, podrá reclamar en su indemnización el dinero que haya dejado de percibir por este motivo.
- Daño emergente: el baremo contempla que la muerte de un familiar nos producirá una serie de gastos que se cifran en 400 euros. Por ejemplo, el billete de avión para acudir al funeral, siempre que sea necesario. Los gastos se deberán justificar con facturas. Los gastos que se pueden incluir como daño emergente son el desplazamiento, manutención y alojamiento de los familiares con categoría de beneficiarios así como los análogos. Del mismo modo, tendrán consideración de daños emergentes los gastos de traslado del fallecido, funeral, entierro y repatriación del país de origen.
En algunos casos, como el de lucro cesante, la indemnización no aparece reflejada en tabla del baremo de accidentes de tráfico por lo que se recomienda buscar ayuda profesional. En Reclama.es contamos con un equipo de abogados expertos que te asesorarán para que puedas calcular el cómputo de tu indemnización.
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