30 abril, 2018 Reclama

Actualización del Baremo de Accidente de Tráfico 2017

Baremo Accidente 2017

Una de las cuestiones que nos abordan tras sufrir un accidente de tráfico, es la indemnización que podemos llegar a percibir por daños personales sufridos en el percance. Esta cuestión se puede responder por la tabla o baremo de accidentes de tráfico de 2017, la cual nos permite calcular la indemnización por días y secuelas, aplicándose los criterios de actualización de 2017 sobre la anterior tabla del año 2016.

¿Qué es el baremo de 2017?

El baremo es una ley nueva, donde se incluyen todos los conceptos y cantidades que componen la indemnización en accidentes de tráfico. Este baremo se puso en vigor en 2016, y se actualizó un año después.

¿Cuál se aplica actualmente?

El baremo aplicable es el que está en vigor en el momento del accidente, por ejemplo, todos los accidentes que hayan sucedido a partir del 1 de enero de 2017; se someterán al baremo de 2016 con la actualización del año 2017, por tanto, las cantidades expuestas en la ley de 2016 se deberán incrementar a los niveles previstos para el momento del alta médica.

¿Cuándo no se aplica la actualización de 2017?

– Si el periodo de rehabilitación finaliza en 2016, pero el alta médica se emite en 2017.

– Si se suspende el periodo de rehabilitación en 2016 para realizarnos pruebas médicas en el 2017, y tras efectuarse las mismas, no nos vuelven a dar más tratamiento de rehabilitación.

¿Cuál es el aumento en 2018?

La resolución de 3 de octubre de 2017, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones aumentó un 0,25%, las cuantías indemnizatorias vigentes durante el año 2017; siendo el nuevo baremo de accidente el siguiente:

Puedes descargar baremo accidente 2017.

Esta actualización se basa en el Artículo 49 del baremo de tráfico que dice así.

  1. A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  2. No obstante, las tablas de lucro cesante y de ayuda de tercera persona, por su naturaleza, se actualizan conforme a las bases técnicas actuariales. Asimismo la tabla de gasto de asistencia sanitaria futura se actualiza, en su caso, de acuerdo con lo que se establezca en los convenios sanitarios que se suscriban con los servicios públicos de salud según lo establecido en el artículo 114, y teniendo en cuenta la variación de los costes soportados por los servicios sanitarios.
  3. La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones hará públicas por resolución las cuantías indemnizatorias actualizadas para facilitar su conocimiento y aplicación.

Si como lesionado en un accidente de tráfico tiene cualquier duda acerca de cómo se debe aplicar el actual baremo no dude en contactar con #Reclama llamando gratis al 900 80 2015 Recuerda que #solocobramossituganas.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Te llamamos gratis
close slider

    Te llamamos gratis

    Rellena el formulario con tu consulta y te llamamos gratis con la respuesta.