Cuando nos despiden tenemos derecho a una indemnización por despido según el tiempo trabajado y la manera en la que se haya producido ese despido. Hoy en nuestro post te explicamos los tipos de indemnizaciones que existen actualmente y cómo calcular la tuya si te han despedido. En #Reclama defendemos tus derechos.
Tipos de Indemnizaciones
En la reforma laboral llevada a cabo en 2012, se eliminó el despido exprés, que era el más utilizado por los empresarios españoles. Por tanto, se volvió a la normativa anterior de 2002, pero con indemnizaciones más bajas y procedimientos más ágiles, sobre todo en los despidos colectivos.
Los tipos de indemnizaciones que existen hoy por hoy, tras la reforma laboral del 2012, son las siguientes:
- Indemnización de 20 días por año trabajado: Corresponde al despido objetivo, debiendo pagarse la indemnización en el mismo momento de la entrega de la carta de despido, siendo el importe de la indemnización de 20 días por año trabajado, con un tope máximo de 12 mensualidades.
- Indemnización de 33 días por año trabajado: Corresponde al despido de tipo improcedente. Si el contrato del trabajador es posterior al 12 de febrero de 2012, la empresa puede optar entre la readmisión del trabajador o pagarle una indemnización de 33 días por año, hasta un máximo de 24 mensualidades.
- Indemnización mixta: 33/45 días por año trabajado. Corresponde al despido de tipo improcedente. Siempre que el contrato del trabajador se celebrase con fecha anterior al 12 de febrero de 2012. En este caso habría que hacer dos cálculos.
- Para el total de días de antigüedad acumulados antes del 12 de febrero de 2012, se pagará una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades.
- Para los días de antigüedad posteriores al 12 de febrero de 2012, se pagará la indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
- No hay indemnización: Otros de los despidos existentes en la ley es el disciplinario, el cual es por causas como: indisciplina, faltas sin justificar, acoso, embriaguez, desobediencia, impuntualidad, violencia… En este caso, el trabajador despedido no tendrá derecho a ninguna indemnización, pero tras la comunicación de su despido podrá demandar al empresario por lo que el despido será revisado por un juez, que lo podrá considerar procedente, improcedente o nulo.
Cómo se calcula una indemnización por despido
- Calcular el salario diario que se cobra: para lo que hay que recopilar las nóminas de los 12 últimos meses, incluyendo las pagas extra si no se tienen prorrateadas. A continuación hay que sumar los salarios brutos de todas estas nóminas, para así obtener el salario bruto anual, y el resultado lo dividimos entre 12 para conocer el salario medio mensual. Luego dividimos el salario medio mensual entre 30, y así obtenemos el salario-día.
- Calcular la cantidad total de años trabajados y días a indemnizar. Para realizar este cálculo hay que tener en cuenta que si un mes se trabaja sólo un día ese mes se computa entero, como si se hubiera trabajado completo.
- Aplicar la indemnización correspondiente, según el tipo de despido y la antigüedad, la indemnización a percibir será de: 20 días de salario por año trabajado, 33 días por año trabajado o 45 días por año trabajado.
Una vez que sabemos el tipo de indemnización a aplicar, tenemos que multiplicar esta indemnización por el salario diario que hemos calculado y los años trabajados y así obtendrás el salario que te corresponde.
Si has sufrido un despido no te conformes, reclama la indemnización que te pertenece. En #Reclama te ayudamos a defender tus derechos y recuperar tu dinero. Si tienes alguna duda te ayudamos a calcular la indemnización que te corresponde. Nuestros abogados laboralistas te atenderán sin ningún compromiso. Recuerda que solo cobramos si tú ganas.