Reclamar indemnización por la nevada de la AP-6
Uno de los propósitos de año nuevo de Reclama es estar más cerca de todos vosotros, que nunca os sintáis solos ni dubitativos en procedimientos tediosos a cuenta de cualquier tipo de reclamación y que estéis arropados y acompañados en todo el proceso. Hoy abrimos este espacio donde tendrá cabida la actualidad, los consejos y los testimonios, porque los verdaderamente importantes sois vosotros y vuestros derechos.
Comenzamos esta aventura con un tema de máxima actualidad, el fin de semana de Reyes dejaba entre tres mil y cinco mil vehículos atrapados en la AP-6, la autopista de peaje que une Las Rozas (Madrid) con Adanero (Ávila), a causa de un temporal de nieve que colapsó la carretera. Varios tramos de esta autopista se convirtieron en un infierno helado que dejaba a miles de personas pasando la noche en la carretera con temperaturas bajo cero, sin agua y sin comida. Finalmente, la Unidad Militar de Emergencias (UME) tuvo que intervenir para desbloquear la situación.
La atención de estas situaciones recae normalmente sobre las empresas concesionarias. En este caso al ser una vía de pago que cobra un peaje por circular entre 4.50€ y 12,50€, gestionada por Iberpistas propiedad de Albertis, la responsabilidad del estado de la autopista es de la empresa privada.
No obstante, aún se sigue debatiendo que parte de responsabilidad tiene la compañía privada y qué parte tiene el Ministerio de Fomento llegándose incluso a acusar a los conductores por haber desoído el anuncio de un temporal en la zona.
Ante estas circunstancias, es importante saber que los afectados pueden interponer una reclamación, pero hay que saber qué se puede reclamar, ante quién hay que hacerlo, cómo demostrarlo y si hay posibilidades de ganar.
¿Se puede reclamar?
Los más de 3.000 atrapados en AP-6 pueden reclamar una indemnización a la empresa concesionaria, Iberpistas en este caso, ya que la empresa privada es la responsable de conservar la carretera en perfectas condiciones de utilización y tienen la obligación de garantizar las condiciones de seguridad en la misma.
Desde Reclama aconsejamos no interponer la reclamación hasta conocer el resultado del expediente del Ministerio de Fomento a Iberpistas. Según la legislación vigente, la acción de reclamar una indemnización por daños y perjuicios es de un año desde que se produjo el hecho.
¿Qué podemos reclamar?
Se puede reclamar a la empresa concesionaria y solicitar una compensación económica tanto por los daños morales sufridos como los daños materiales.
–Daños morales sufridos. El afectado debe cuantificar los daños a la hora de pedir la indemnización. Éstos son más difíciles de demostrar.
–Daños materiales: En esta partida debe reclamarse todos los gastos patrimoniales que puedan acreditarse: Alojamiento, gasolina, peajes, vuelos perdidos o pérdida de trabajo. Todo lo referente a esta partida debe ser cuantificado y demostrado a través de tickets, facturas o comprobantes.
¿Cómo demuestras que eres una de las personas afectadas?
Nuestra recomendación es que recopiles toda la documentación que acredite que fuiste uno de los afectados.
- Ticket del peaje.
- Resguardo bancario del peaje.
- Geolocalización
- Vídeos y fotografías
- Mensajes informando a familiares o amigos.
- Declaración jurada
Cualquier prueba que documente que te encontrabas en ese lugar en el momento del colapso. Algunos afectados usaron las redes sociales para pedir ayuda, informar de la situación y denunciar lo ocurrido y ahora pueden utilizarlo como prueba.
Además, de cara a solicitar la posible reclamación es importante acreditar los posibles gastos a los que tuviste que hacer frente como consecuencia de estar atrapado en la autopista.
- Comida
- Hotel
- Gasolina extra
- Posibles pérdidas de billete de tren, avión, autobús.
- Pérdida de día de trabajo.
¿A quién hay que dirigir la reclamación?
La primera reclamación es muy sencilla, hay que dirigirla a Iberpistas por la vía civil. Si la solicitud no es atendida, el siguiente paso es acudir a los tribunales de justicia. Si la cantidad que reclamas es igual o inferior a 2.000€, puedes interponer la demanda en tu propio nombre sin necesidad de ser asistido por un abogado ni por un procurador.
La otra vía es la administrativa reclamando ante el Ministerio de Fomento. En caso de no ser atendida, esta vía permite interponer un recurso que, en caso de ser desestimado, puede terminar en el juzgado de lo Contencioso Administrativo.
¿Hay posibilidad de ganar?
Lo idóneo es que la situación se solucione en la reclamación, pero hay dos precedentes en los que se ha llegado a recurrir a los tribunales y que acabó con la indemnización a los usuarios por parte de las concesionarias.
El primero se sitúa en los días 27 y 28 de febrero de 2004 cuando una nevada en Burgos dejó atrapados a los viajeros produciéndose unos hechos muy similares a los del fin de semana de Reyes. Los afectados decidieron emprender acciones legales contra la concesionaria. El Tribunal Supremo confirmó en 2010 la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos dando como resultado la indemnización de 150 euros por daños morales a los conductores que pudieran demostrar su presencia en esta carretera por parte de la Concesionaria Española, Europistas.
El segundo tuvo lugar el 14 de diciembre de 2008 en AP-66. Tuvo que cerrarse la carretera tras una nevada, dejando a miles de personas atrapadas entre Asturias y León. La Unión de Consumidores (UCE) de Asturias y Ausbanc llevaron a la concesionaria Aucalsa a los tribunales para reclamarle los daños de 90 afectados los cuales obtuvieron entre todos una indemnización total de 15.497,75 euros. En este caso el expediente informativo que abrió el ministerio quedó en papel mojado según recuerda El Comercio.
Desde Reclama os animamos a reclamar si os habéis visto afectado por este suceso.
luis angel
Buenas tardes, yo fui afectado ese día pero viaja en Alsa, me pasé toda la noche en el alsa hasta las 9 de la mañana que me mandaron de nuevo para Madrid y por la tarde de nuevo para Oviedo. A quien puedo reclamar?? Alsa ya me ha dicho que me dan el dinero del billete, pero tengo derecho a algo mas? Gracias
Reclama
Hola Luis Angel,
En primer lugar quería agradecerle su comentario, al que damos respuesta;
Según el Reglamento (UE) nº 181/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar, en su artículo 19, la compañía de autobuses puede elegir entre ofrecer al viajero el reembolso del billete o continuación del viaje por un recorrido alternativo.
En cuanto a lo otros derechos que le podrían asistir en virtud del reglamento, como puede ser el recogido en el artículo 21, entendemos que en el presente caso, al haber existido condiciones meteorológicas adversas, la compañía queda exenta del abono de otro tipo de indemnización, pues así lo señala el artículo 23 del mismo reglamento.
No obstante, fuera del ámbito de aplicación del reglamento, si usted ha sufrido algún daño o perjuicio como consecuencia del retraso o cancelación que pueda cuantificar y justificar, póngase en contacto con nosotros y estudiaremos su caso.
Puede contactarnos mediante el formulario o nuestro número gratuito; https://reclama.es/contacto/
Gracias,
Un saludo.