Existe un organismo llamado Consorcio de Compensación de Seguros que se encarga de indemnizar los daños sufridos en un accidente de tráfico en determinadas situaciones. Pero, ¿sabrías decir alguna ocasión en la que esta institución cubre los daños de tu vehículo en un siniestro? No te preocupes, se trata de una pregunta que no muchas personas conocen. Por ello te vamos a mostrar cuándo y cómo debes acudir al Consorcio de Compensación de Seguros para solicitar sus servicios tras un accidente de tráfico.
¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?
Si no has oído hablar de esta figura estás de suerte ya que eso significa que no has tenido que solicitar sus servicios por un accidente de tráfico o un siniestro meteorológico en el hogar. Hablamos de una entidad pública que está adscrita al Ministerio de Economía y Empresas que se encarga de indemnizar a los afectados en casos relacionados con el seguro obligatorio de automóviles, seguro agrario combinado, cobertura de riesgos extraordinarios (como los fenómenos de la naturaleza) y la liquidación de entidades aseguradoras, siempre que estas situaciones no estén cubiertas por ninguna aseguradora. Es decir, se trata de un organismo relacionado con las funciones del ámbito del seguro. Se financia con las aportaciones de todos los asegurados a través de los recargos que gravan las pólizas de los seguros. En el caso de los coches se aplica un 2% sobre la prima comercial del seguro.
¿Cuándo acudir al Consorcio de Compensación de Seguros tras un accidente de tráfico?
Ante un accidente de tráfico es muy importante contar con buenos asesores para que estudien el caso y determinen si se acoge al Consorcio de Compensación de Seguros. Son varios las situaciones en los que esta figura puede intervenir por ello vamos a indicar los más habituales: accidente de tráfico con vehículo desconocido, accidente de tráfico con vehículo sin seguro, accidente de tráfico con vehículo robado y accidente de tráfico con coche con aseguradora insolvente.
Accidente de tráfico con vehículo desconocido
Sucede cuando en un siniestro el vehículo responsable se da a la fuga o es desconocido (por ejemplo, si tenemos el coche aparcado y un conductor incívico le da un golpe y no deja una nota con sus datos). La Ley de Responsabilidad Civil del Seguro en su artículo 11, apartado uno a) indica que una de sus funciones es:
“Indemnizar a quienes hubieran sufrido daños en sus personas, por siniestros ocurridos en España, en aquellos casos en que el vehículo causante sea desconocido.
No obstante, si como consecuencia de un accidente causado por un vehículo desconocido se hubieran derivado daños personales significativos, el Consorcio de Compensación de Seguros habrá de indemnizar también los eventuales daños en los bienes derivados del mismo accidente. En este último caso, podrá fijarse reglamentariamente una franquicia no superior a 500 euros.
Se considerarán daños personales significativos la muerte, la incapacidad permanente o la incapacidad temporal que requiera, al menos, una estancia hospitalaria superior a siete días”.
Es decir, que en caso de accidente el Consorcio indemnizará los daños que tenga nuestro vehículo a motor cuando suframos lesiones significativas que provoquen incapacidad laboral o una estancia hospitalaria superior a una semana. También se hará cargo en caso de víctimas mortales. La única solución para que el Consorcio nos indemnice todos los daños de nuestro coche o moto sería acreditar la identidad del vehículo responsable o tener un seguro obligatorio de viajeros a todo riesgo.
¿Cómo reclamar la indemnización por lesiones al Consorcio en caso de accidente de tráfico causado por un vehículo desconocido?
Lo primero que hay que hacer es llamar a la Policía o Guardia Civil sin mover el vehículo para que constaten los daños, el lugar, si quedan o no restos de pintura, huellas de frenada, etc. A continuación, es conveniente hacer todo lo necesario para localizar al responsable ya que nos facilitará toda la gestión. No está de más hacer fotos del vehículo siniestrado.
Cuando tengamos todas las pruebas será el momento de contactar con un asesor para que nos tramite el proceso de un accidente con la responsabilidad de un tercero desconocido. El siguiente paso es igual que si hubiera sufrido un accidente de tráfico normal. Acude a un centro de rehabilitación concertado para cuantificar las lesiones. Las facturas de este proceso corren a cargo de la aseguradora.
Por último, el abogado de accidentes de tráfico interpondrá la oportuna reclamación previa frente al Consorcio antes de la demanda ya que no hay persona física demandada. Si todo queda probado, el Consorcio no presentará demasiados problemas a la hora de pagar la indemnización por lesiones.
Accidente de tráfico con vehículo sin seguro
En este caso, el Consorcio te indemnizará tanto por lesiones personales como por daños materiales. Esto queda recogido en el apartado 1 b) del artículo 11 de la Ley sobre responsabilidad Civil y Seguro de circulación del conductor.
¿Cómo reclamar la indemnización por lesiones al Consorcio en caso de accidente de tráfico causado por un vehículo sin seguro ?
En este caso lo más común es firmar un parte amistoso con el conductor sin seguro para presentarlo ante el Consorcio de Compensación de Seguros. Si el contrario no quiere firmarlo, llama a la Policía o a la Guardia Civil para que realicen un atestado.
El asesor incluirá junto al parte amistoso un informe al Consorcio con todos nuestros datos personales, una breve descripción de lo ha sucedido, los daños materiales, las lesiones personales, etc. El Consorcio es muy exigente con la documentación por su condición de entidad pública aunque, una vez que lo tenga todo, el plazo hasta cobrar la indemnización es relativamente corto. Sin embargo, siempre puedes calcular de manera aproximada la indemnización por accidente de tráfico antes de que se resuelva la reclamación.
Accidente de tráfico con vehículo robado
Esta situación es muy similar a la anterior. En caso de accidente de tráfico causado por un vehículo robado y que esté asegurado, el Consorcio será el encargado de indemnizar los daños que hayan sufrido tanto las personas como los bienes materiales ocasionados por dicho vehículo.
Se excluye la indemnización para quienes ocuparan el vehículo causante del siniestro sabiendo que el coche no tenía seguro o que había sido robado.
¿Cómo reclamar la indemnización por lesiones al Consorcio en caso de accidente de tráfico causado por un vehículo robado?
Si este es tu caso, tendrás que ponerte en contacto con tu asesor y facilitarle los datos del atestado, fotocopia del DNI, la denuncia de sustracción del vehículo, presupuesto de la reparación del vehículo, informe médico forense, los datos bancarios y la hoja de comunicación del siniestro. Dependiendo del siniestro, el asesor puede solicitarte más documentación para presentar la correspondiente reclamación frente al Consorcio.
Accidente de tráfico con coche con aseguradora insolvente
La ley de Responsabilidad Civil del Seguro indica en su artículo 11, apartado 1 sección e):
“Indemnizar los daños a las personas y en los bienes cuando la entidad española aseguradora del vehículo con estacionamiento habitual en España hubiera sido declarada judicialmente en concurso o, habiendo sido disuelta y encontrándose en situación de insolvencia, estuviera sujeta a un procedimiento de liquidación intervenida o ésta hubiera sido asumida por el propio Consorcio de Compensación de Seguros”.
Es decir, cuando la entidad que tiene que hacerse cargo de las indemnizaciones se haya declarado insolvente o haya desaparecido, será el Consorcio el responsable de dicha indemnización.
Juan
Buenos dias quiero omentar mi caso fui atropellado por un vehiculo cruzando la calle del golpe tube una fractura de hombro el conductor se ofrecio llevarme al centro de salud por que estava lloviendo me llevo al centro de salud y me dejo alli sin darme sus datos i sin preocuparse por mi salud, en los judgados no me dejaron ver las camaras p porder identificar al conductor, empeze la reclamacion al consorcio me la aceptaron me visto su medico comparo sus valoraciones con las que yo presente con un medico de pago junto con la documentacion de partes de la mutua y luego me pidieron testigos los busque i los presente con sus declraciones adjunte fotos del lugar del accidente hechas el mismo dia al volver del hospital presente la denuncia i la respuesta de ellos es la siguiente NO CONSTAR ELEMENTOS OBJETIVOS QUE ACREDITEN LA INTERVENCIÓN DE UN VEHÍCULO
DESCONOCIDO COMO CAUSANTE DEL ACCIDENTE.
NO QUEDAR ACREDITADAS LAS CIRCUNSTANCIAS EN QUE SE PRODUJO EL ACCIDENTE
EN LA DOCUMENTACIÓN APORTADA AL EXPEDIENTE, POR LO QUE NO PUEDE DETERMINARSE
QUE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS DEBA ASUMIR EN TODO O EN PARTE LAS
CONSECUENCIAS DEL ACCIDENTE.
La documentación en la que se basa esta resolución es la siguiente:
– documentacion obrante
La presente respuesta motivada no requiere aceptación o rechazo expreso por el perjudicado, ni afecta
al ejercicio de cualesquiera acciones que puedan corresponderle para hacer valer sus derechos. La tramitadora dice que los testigos son falsos buscados pormi