17 enero, 2019 Reclama

Cómo solicitar la devolución del IRPF de prestación por Maternidad

El pasado 5 de octubre el Tribunal Supremo falló en contra del criterio de Hacienda sobre la fiscalidad de la prestación por maternidad. En este sentido, confirmaba que dichas prestaciones están exentas del IRPF, hecho que defendía la Agencia Tributaria. ¿Qué consecuencias tiene este cambio legal? Muchas, pero la más significativa es que puedes reclamar la devolución de la renta desde 2014 si fuiste madre o padre durante ese periodo. Para que no te quedes sin tu devolución desde Reclama.es vamos a explicarte los pasos que debes seguir.

¿Qué es la prestación por maternidad?

La prestación por maternidad y paternidad es un permiso donde la Seguridad Social se hace cargo del salario de la madre o padre por un periodo de tiempo para que el progenitor pueda disfrutar de su pequeño y adaptarse a la nueva situación antes de volver al trabajo.

Este permiso o baja tiene una duración de 16 semanas para la madre que se deben disfrutar de forma ininterrumpida aunque se puede ceder al padre hasta 10 semanas. Durante ese tiempo, la madre cobrará el 100% del salario que venía percibiendo aunque puede haber excepciones en algunos casos.

Por otra parte, indicar que desde el pasado 5 de julio de 2018 se amplió la baja por paternidad de 4 a 5 semanas. Es importante recordar que este permiso es independiente al de nacimiento que son los dos días libres que puedes tomar por el alumbramiento del bebé.

 

¿Quién puede solicitar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad?

Los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los 4 años, por tanto,  la fecha de validez de esta prestación es desde el 2014. Esto significa pueden reclamar aquellas personas que hayan percibido la prestación por maternidad desde el año 2014. Asimismo, las mujeres autónomas que hayan recibido la ayuda también pueden reclamar sus retenciones.

Por tanto, las personas que tienen la opción de reclamar son los trabajadores por cuenta propia o ajena, incluidos los contratados para la formación y a tiempo parcial, que hayan disfrutado de periodos de descanso o permisos por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento familiar temporal (siempre que no sea inferior a un año) o permanente. Los requisitos que deben reunir, además, las personas solicitantes son:

  • Estar afiliados y en alta o en situación asimilada en un régimen del sistema de la Seguridad Social.
  • Tener cubierto el mínimo de cotización.

 

Solicitud de devolución del IRPF de prestación por maternidad

El Ministerio de Hacienda, a través de la Agencia Tributaria (AEAT), ha habilitado el procedimiento para solicitar la devolución del IRPF de los permisos de maternidad y paternidad correspondientes a los años 2014 y 2015. El formulario se puso en marcha el pasado mes de diciembre y ya se han recibido más de 672.000 solicitudes de devolución de estas retenciones.

Los derechos y obligaciones tributarias prescriben a los 4 años, por tanto,  la fecha de validez de esta prestación es desde el 2014

El proceso es muy sencillo. Debes empezar accediendo a la página web de la Agencia Tributaria. No es necesario aportar el certificado de la Seguridad Social con las prestaciones percibidas. Cuando hayas accedido a la web encontrarás un recuadro que dice “Prestación maternidad y paternidad. Sentencia del Tribunal Supremo”. Pincha en el recuadro y sigue los siguientes pasos:

  1. Solicitar el número de referencia a través del programa RENO: ten a mano el contenido de la casilla 450 del a renta 2016. Si ya cuentas con Clave PIN o certificado digital puedes saltar al siguiente paso.
  2. Acceder a “Solicitud Telemática”
  3. Indicar los años en los que has percibido la prestación
  4. Indicar el número de cuenta en el que quieres cobrar la devolución
  5. Firmar y entregar
  6. Guardar un resguardo en formato PFD

También se ha habilitado la opción de presentar la solicitud de rectificación de la declaración del IRPF por prestaciones de maternidad o paternidad en papel (descargar formulario en PDF) con las mismas casillas a rellenar que en la vía online. El documento deberá estar firmado y se podrá presentar en las oficinas de registro de la Agencia Tributaria.

 

¿Y la devolución de la baja por maternidad de 2018?

Hacienda explica que las prestaciones por paternidad y maternidad de 2018 se recuperarán en la renta de 2018, es decir, cuando hagas la declaración del IRFP este año 2019 deberás fijarte en un apartado que incorporará la web de la Renta para recuperar las retenciones que se hayan podido practicar.

 

¿Cuánto puedo recuperar por la devolución del IRPF por maternidad?

La cuantía dependerá del dinero que hayas cobrado y del resto de los ingresos percibidos. No obstante, según los cálculos de la OCU para una prestación de 5.681 euros al año en 2015 la cantidad a devolver se situaría entre los 1.000 y 2.600 euros.

 

¿Puedo percibir la prestación por maternidad si he cotizado a través de Mutuas?

La respuesta es no. Hacienda indica que la sentencia del Tribunal Supremo no afecta a los permisos de maternidad y paternidad disfrutados por funcionarios que coticen a través de mutuas. Por tanto, los padres y madres que hayan tenido un bebé a partir de 2014 no recibirán esta prestación sino que mantienen sus retribuciones durante el permiso de baja y pagan el correspondiente IRPF.

 

Desde Reclama.es te animamos a que nos consultes sin compromiso cómo reclamar la prestación por maternidad y paternidad para que no te quedes sin ella. Contamos con un equipo de abogados que te atenderán desde el primer momento para que consigas lo que te pertenece.

 

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